Guías · Horas extra
Horas extra: límites y cómo se registran
Jornada máxima, horas extraordinarias, el límite de 80 al año y la obligación de entregar el resumen con la nómina.
La jornada máxima
La duración máxima de la jornada ordinaria es de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (artículo 34.1 del Estatuto). El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no puede pasar de nueve diarias, salvo que el convenio o un acuerdo establezca otra distribución, respetando siempre el descanso entre jornadas (34.3).
Qué es una hora extra
La que se trabaja por encima de la jornada ordinaria. Se paga en la cuantía que fije el convenio o el contrato, que no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria, o se compensa con descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes (artículo 35.1).
El límite: 80 al año
No se pueden hacer más de 80 horas extraordinarias al año, sin contar las compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes (artículo 35.2). Son voluntarias salvo que se hayan pactado en convenio o contrato.
Cómo se registran
La jornada de cada trabajador se registra día a día y se totaliza en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente (artículo 35.5). Ejercia lo hace solo: compara lo trabajado con la jornada de cada persona, sin contar festivos ni ausencias, y te da el resumen del mes.